Nueva ley de tráfico (oct/2009)

Por Ali

Última actualización: agosto de 2020
Originalmente publicado el 9 noviembre 2009


Un día de nieve en Boston
Un día de nieve en Boston

En las últimas semanas varios amigos nos han preguntado por cómo afecta la nueva ley de tráfico a nuestros hábitos ciclistas. Intrigada, me he puesto a investigar el asunto, puesto que yo seguía viviendo en mi feliz inopia sin normas de tráfico, para ver exactamente en cuántos puntos estaba comentiendo infracciones. Después de un par de horas de internet he llegado a la conclusión de que la reacción de mi entorno tiene más que ver con artículos de prensa como este publicado en el mundo porque en realidad, la ley no es para tanto.

ANTECENDENTES: El 29 de octubre se aprobó en el congreso una nueva ley de tráfico que incluye reformas tanto en las sanciones como en el procedimiento sancionador. Algunas de estas reformas afectan a los ciclistas.

NUEVA SANCIÓN: Se contempla como sanción «Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas» que se castiga con 4 puntos de carnet

SE ELIMINA COMO SANCIÓN: La Ley levanta la prohibición (art. 39 LSV) de que bicicletas y ciclomotores estacionen en las aceras, quedando la regulación de esta circunstancia en competencia de las Ordenanzas municipales.

SE TIPIFICA LA MULTA: Ya había una norma de tráfico que obligaba a los ciclistas a llevar luminosos por la noche. El texto de la ley dice en concreto que «las bicicletas estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen» y «cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas deberán llevar colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana». Lo nuevo es que ahora saltarse esta norma se califica como falta leve y puede ser castigada con 100 euros de multa. En esta ley del 30/10/2009 cambia el importe de la multa, pero no la normativa en sí.

Más información: Nota de prensa de la DGT

6 comentarios en “Nueva ley de tráfico (oct/2009)”

  1. Creo que la ley tambien dice algo sobre los remolques de bici aunque no estoy seguro.
    Si no me equivoco creo que dice que se pueden llevar pero no para transportar personas.

    1. Hola!

      Estoy a ver si los de la DGT me mandan la ley para incluir algún dato más porque por ahora solo he podido ver fragmentos parciales. Cuando sepa algo de esto actualizo el post.

      Gracias Trein

  2. Hola.

    Los que vamos en bici, debemos concienciarnos de que no somos peatones, sino conductores, y por éso debemos conocer y aplicar las normas de tráfico. Además, es por nuestra propia seguridad.

    Por otro lado, en las normativas se habla de prendas llamativas o reflectantes, y sin embargo, cuando damos una vuelta por la sección de ropa ciclista de Decathlon (por ejemplo) vemos que el 90% de lo que venden es NEGRO.
    No entiendo nada.

    Héctor.

    1. Con los culottes blancos o claros (sobretodo con los finos de verano) se trasparenta el «mondongo» cosa mala 🙂 por eso suelen ser casi siempre negros.
      Pero los maillots casi siempre son de color

      1. Aedmas un chaleco relectante no pesa nada y es barato. Te lo llevas en la mochilla y cuando lo necesitas- lo usas. Asi de fasil.

        1. Cierto. Ahora llevamos un chaleco reflectante que ponemos sobre la mochila que va atada al trasportín. Así reflecta pero no molesta 😉

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