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Prohibido vía de servicio

&tarr; PUBLICIDAD (lo que paga la factura)

  1. Iba rodando por un carril de tierra paralelo a la vía del tren. La guardia civil me dio el alto y me informo que esa vía estaba considerada como vía de servicio y me podían sancionar por circular por ella.
    A alguien le ha pasado.
    Dónde están esas normativas

    Publicado hace 1 mes #
  2. Para mí son desconocidas

    Supongo que estaría señalizado

    A mí lo que me ha pasado o mejor dicho no me ha pasado es tener problemas por rodar junto a canales señalizados para uso de la Confederación hidrográfica y agricultores

    Pero de la guardia civil ni rastro.

    Bienvenido al foro, si te fijas hay unas normas en el uso del mismo.

    Una presentación tampoco hace daño a nadie...

    Publicado hace 1 mes #
  3. Ost80 dice: Iba rodando por un carril de tierra paralelo a la vía del tren. La guardia civil me dio el alto y me informo que esa vía estaba considerada como vía de servicio y me podían sancionar por circular por ella.
    A alguien le ha pasado.
    Dónde están esas normativas

    ...yo las he empleado muchísimo y nunca me ha sucedido nada aún cruzandome con GC. me suena raro, es verdad que está indicado para servicio de mantenimiento y otras acciones como acciones de rescate etc etc pero de ahí a llamarte la atención , me parece un abuso.

    ¡ sonríe , mañana será peor !
    Publicado hace 1 mes #
  4. Hay caminos, o pistas de tierra, que corren paralelo a canales o vías de tren, pero yo no he visto nunca una señal que prohíba circular por esos caminos o pistas, salvo en los que discurren a los márgenes de algunos canales... por ejemplo, aquí en Madrid, La Real Acequia del Jarama, en Gózquez de Abajo ( para verlo, situar el muñequito del Street View justo encima del puente que cruza el canal ), ya cerca de San Martín de La Vega, donde en los acceso a dicho camino, que discurre junto a la gran acequia, hay placas que prohíben la circulación por ellos, salvo vehículos autorizados... claro, esas placas solo se suelen encontrar en los accesos " principales " a dicho camino, pero no así en otros accesos " menores ", y claro, si accedes a uno de estos caminos sin saber que está prohibido circular por ellos, pues puede suceder que la benemérita, si te topas con ello, te den el alto... y el disgusto.
    Claro, uno puede justificarse con eso de " no he visto ninguna señalización que lo prohíba ", pero la benemérita simplemente tirará de norma, la cual dice " el desconocimiento de una norma no conlleva su incumplimiento "... o lo que es lo mismo, la próxima vez te informas antes de adentrarte en una vía de servicio... la cuestión es... ¿ y como diantres sabes si un camino de tierra, que discurre junto al vallado de una vía férrea o de un canal de riego es una vía de servicio restringida al tráfico ?... ¿ qué haces, te informas en todos los ayuntamientos por los que discurra dicho camino o vía de servicio para comprobar si se puede, o no, ciclar por ellos ?... ¿ no sería más lógico, ya que no vallan el perímetro de dichas vías, sí al menos poner una triste placa en todos y cada uno de los accesos a dicha vía ?
    Entiendo que cuando se cicla junto a una vía de tren o una canal de riego, y el firme está asfaltado... es muy probable que dicho trazado no esté habilitado para la circulación pública, pero.... ¿ y si se trata de un camino de tierra ?... ¿ si no hay señalización, o cancela que lo impida ?... ¿ cómo sabes si el camino o pisa por la que vas ciclando es un camino prohibido al tránsito, o no lo es ?.

    Anímate que mañana también saldrá el Sol
    Publicado hace 1 mes #
  5. Sin embargo, y siempre según las imágenes de Googles Maps, ese mismo camino ( el que corre junto a La real Acequia del Jarama, dejaría de estar prohibida su circulación ( sería de libre acceso ), en su continuación, una vez el camino ( y la acequia ), alcanzan la carretera M-301 ( Madrid-San Martín de La Vega )... según muestra las imágenes de Google Maps, el camino sigue discurriendo junto a la gran acequia, pero se torna camino público ( de libre acceso ), al no existir una señalización restrictiva que lo impida ( en esta imagen de Google Maps se puede ver que a un margen de la carretera, existen placas de circulación prohibida ( placa redonda, con orla roja y fondo blanco ), El código de circulación deja claro que la norma que impone una señalización, termina cuando otra señalización indique lo contrario, o cuando se alcance una intersección en la vía ),  y el el margen contrario de la carretera, por donde continua el camino, no existen dichas señalizaciones, luego yo entiendo que a partir de la M-301, el camino es público, no así en el caso del el tramo contrario, el cual discurre desde la M-301, y hasta más allá del poblado de Gózquez de Abajo, donde la circulación sí está prohibida... incluido bicicletas, ya que son vehículos lentos. Claro, si se accede a estos caminos, que están privados de la libre circulación, por accesos que no están señalizados, ¿ cómo te enteras de que está infringiendo una norma de tráfico ?; quiero pensar que es por ello que, de toparse con la Benemérita, y que muy probablemente en casos así, procedan a dar el alto, seguramente lo que harán será informar, antes que sancionar, pues es cierto que la picaresca siempre estará ahí, perooo, ¿ y si no hay ninguna picaresca ?... la multa por circular por una vía prohibida a la circulación es de varios cientos de €uros, y aunque al ir en bici no implica la retirada de puntos del carnet, la sanción y su cuantía es la misma que si se cometiera dicha infracción con cualquier vehículo a motor... no podemos olvidarnos de que la bicicleta ( y la e-bici ), son vehículos lentos, recogidos y reglamentados en el código de circulación español, por lo que las normas de tráfico son de obligado cumplimiento también para ellas... osease, para los/as ciclistas

    Publicado hace 1 mes #
  6. Ost80, creo que sería muy interesante el que indicaras el camino en cuestión, en el que te dio el alto La Benemérita,... se puede mirar en google maps si cuenta o no con señalizaciones restrictivas.

    Si la Guardia Civil te dio el alto, eso debería de significar que en dicho camino o pista, tiene que existir una placa restrictiva en alguno de sus accesos principales, y que muy probablemente no vieras, bien porque la ignoraras ( mal hecho si es el caso ), o porque accedieras a dicho camino por un acceso sin señalizar.

    Publicado hace 1 mes #
  7. Según viene recogido en el BOE nº 207 del 30 de Agosto de 1995, en el artículo 11, apartado 2º dice :
    " 2. Los caminos y pistas objeto de limitaciones o prohibiciones de paso

    deben estar convenientemente señalizados a su inicio, final y, si

    procede, en los accesos intermedios. "
    Claro, en todo momento versa sobre " vehículos a motor ", pero también es cierto que todas las señalizaciones ( verticales así como marcas viales ) también son de obligado cumplimiento para las bicicletas.

    Publicado hace 1 mes #
  8. Entiendo que si una vía de servicio está prohibida es porque hay algún peligro, p.ej porque circula paralela a un canal sin protección lateral, lo normal es que haya una señalizacion de prohibido a la entrada y en los accesos, si no existe señalizacion en accesos la Gusrdia Civil te debe advertir que estás circulando por una vía prohibida, la primera vez no te va a multar pero si repites y se han quedado con tu cara te van a multar incluso por desobediencia, estas patrullas de G.C seguramente sean las mismas y harán el recorrido una o varias veces al día por lo que no sería de extrañar que si te saltas la prohibición varias veces al final te multen, los que viven cerca de esa vía seguro que todos conocen la prohibición y no la utilizarán por lo que solo en algún caso de gente que se meta en algún acceso sin señalizacion por desconocimiento de la prohibición tendrá que advertirle la G.C pero difícilmente le multará a no ser que sea reincidente.

    El unico simbolo de superioridad que conozco es la bondad.
    Beethoven.
    Publicado hace 1 mes #
  9. En una ocasión yo salí de Albacete dirección Alcaraz y en algún sitio encontré un canal con una vía de servicio pegada a el con una señal de:prohibido el pasoi,uso exclusivo del canal de..... y vi algún coche de la GC rodando por dicho camino.naturalmente pasé de meterme

    si te cansas de pedalear bájate de la bici y camina pero no te pares
    Publicado hace 1 mes #
  10. El problema en sí... y con ésto no quiero decir que éste pueda ser el caso... o tal vez sí... a saber, personalmente siempre termino en lo mismo, mucha gente que monta en bicicleta, no tiene ni idea de nada que concierna al código de circulación, y creo que es poco inteligente actuar así... que menos que tener unos conocimientos mínimos sobre, al menos, señalizaciones viales, así como el tipo de carril o vía por la que pueden, o no, ciclar las bicicletas... pero mucha gente cicla por carretera sin tener muy claro qué representa en esos momento sobre la vía pública.
    Pero lo que es peor es que nos volvemos ignorantes... o al menos muchos lo hacemos adrede , cuando ciclamos fuera de asfalto; los camino públicos también está reglados y regulados, solo que no al mismo nivel que una carretera cualquiera, pero, si un camino, o pista de tierra, cuenta con señalización vertical, eso significa que el incumplimiento de dicha señalización puede conllevar su correspondiente sanción, ya que las señalizaciones de tráfico no se ven afectadas por el tipo de firme sobre el que estén levantadas... y eso, a muchos de nosotros nos puede llevar a confusión... pero nada más sencillo para evitar dicha confusión que aplicar lo que dicha placa indica, como si nos la encontráramos en una carretera cualquiera, si la placa es redonda, con orla roja y fondo blanco, es un prohibido circulación como un piano... indistintamente del tipo de firme, y la cuantía de la sanción económica que pueden aplicarnos, si hacemos caso omiso a dicha placa, será la misma que si cometiéramos esa misma infracción en cualquier carretera, calle o pista asfaltada del país, ya sea en bici, moto, coche o carro de combate.
    También entiendo que si vas ciclando por un camino público, por una zona que no conoces, y la forma de alcanzar tu siguiente destino es ciclar por una camino en el que te encuentras una placa de este tipo... y si encima esa es la única manera de alcanzar tu siguiente destino, y sin saber si existe una alternativa viable... y si no hay nadie a quien preguntarle... ¿ qué haces ?... supongo que lo que haríamos todos en un caso así... " adelante, y que sea lo que dios quiera "

    Publicado hace 1 mes #
  11. Hola, igual no va muy ligado al tema, pero como es una consulta de movilidad aprovecho el hilo...

    El otro día practicando ciclismo de carretera y entrando a mi ciudad, un coche me pasó muy cerca y me increpó (no entendí que decía). Le alcancé el semáforo y tuve una discusión no muy cordial con los dos jóvenes que iban dentro.
    Me recriminaban que no usará el carril bici en un tramo que tiene un kilómetro aproximadamente... Es un carril bici de tierra (si puede circular con cuidado una bici de carretera pero las cubiertas no lo agradecen demasiado). Está en un parque con mesas de picnic a ambos lados de la carretera, zona habitual de fiestas de cumpleaños de niños, etc.
    Acabado este kilómetro, sigue el carril bici por asfalto y en ese momento siempre entro en él.
    Realmente en el tramo de tierra está la señal redonda R-407a con la bici dibujada. Tal vez si tengo la obligación de entrar en el carril bici, podéis aclarármelo?
    El kilómetro comentado está limitado a 40 km/h. Yo iba a 35 km/h (pica un poquito hacía abajo...). El coche que me increpó debió pasarme a unos 50 km/h y luego calculo que aceleró hasta 60 o 70 km/h (pues eso, consejos vendo para mi no tengo). Yo iba solo, no suponía un adelantamiento difícil y no había tráfico intenso. Llegó pocos segundos antes que yo al semáforo.

    Saludos.

    Publicado hace 1 mes #
  12. Creo que aquí hay respuestas

    https://www.legalcar.com/normativa-carril-bici/

    Publicado hace 1 mes #
  13. Sí, consulté ayer esa web y alguna más, y hay bastante ambigüedad y vacío normativo.
    En principio según la DGT es obligatorio usar el carril bici, pero a veces choca con la normativa municipal (depende del ayuntamiento) y esta última es la que prima.
    Tendría que consultar la normativa de mi ciudad, pero dudo que esté reflejado en algún sitio la problemática de circular con neumáticos de asfalto y que el carril bici sea de tierra, no sé, yo aplicaría el sentido común (en el caso en cuestión creo que ir a 35km/h, o da igual si fueran 25km/h, en un tramo corto de un vía lenta de velocidad máxima 40km/h, no debería molestar a nadie).

    Publicado hace 1 mes #
  14. Estoy de acuerdo contigo

    El sentido común ante la variedad normativa y contradicción entre ella

    Pero... fijate que os molestasteis los tres por lo que explicas.

    En mi opinión siempre hay que actuar como si no pasara nada

    La cuestión es que con razón o sin ella ellos debian de haber evitado una situación de peligro innecesaria

    Publicado hace 1 mes #
  15. A ver, en principio, una placa redonda, con orla blanca, y fondo azul es siempre una señalización de obligatoriedad; por lo general, este tipo de placa siempre lleva en su interior una figura, bien de algún vehículo, bien de peatón bien de  indicaciones de dirección,  en tal caso dicha placa solo afecta en su obligatoriedad, a la figura que en su interior se representa. En el caso que a nosotros nos afecta, como ciclistas ( señalización R-407a ) es en aquellos dos casos, uno es cuando en dicha placa solo aparece la figura de una bicicleta ( ciclo ), o en ese otro caso en que el interior de dicha plata está divido en dos, con las figura de un ciclo y de peatones, en tal caso, dicha placa obliga a circular por donde esté puesta, tanto a ciclos como a peatones... normalmente estas últimas placas se suelen encontrar en los accesos a los carriles bici, y a parte de indicar la obligatoriedad de su cumplimiento, también indica que el carril por el que obliga a circular, es compartido por ciclos y peatones, lo que también conlleva su respectiva limitación de velocidad; si mal no recuerdo, los carriles bicis compartidos están limitados a ¿ 10 km/h ?

    Karakan, en principio, nadie deberíamos recriminarle nada a nadie, siendo conscientes de que todos cometemos errores y o infracciones ( el que esté libre de pecado que tire la primera piedra ), pero en cierto modo, el conductor del vehículo que te adelantó tenía razón... pero solo en principio, ya que... ante todo, las formas y la educación debería de prevalecer siempre, y más aún cuando se trata de " aleccionar " a alguien.
    Por otro lado, no es de recibo que alguien quiera " aleccionar " a otra persona, precisamente cuando no está dando ejemplo respecto a lo que se pretende aleccionar... el respeto por las normas de tráfico, eso ya directamente, resta toda credibilidad sobre la persona que quiere dar la lección.
    Por otro lado, si te has de desviar en alguna intersección, por la cual el carril bici... o senda ciclista... o acera bici... o como lo quieran denominar, no coincide con dicha intersección ( por ejemplo, por la presencia de setos en los márgenes del carril bici ), está claro que no puedes circular por el carril bici, deberás de hacerlo por la calzada.
    De todas formas, todos estos problemas viene por la doble imposición que hay, en materia de tráfico, mayormente dentro de los núcleos urbanos, y es que, creo yo, lo que no es de recibo es que fuera del casco urbano la norma de tráfico sea la general para todas las vías públicas interurbanas, y que, de repente, esa misma normas cambien a capricho del consistorio de turno, simplemente porque le convenga otra forma de reglamentación, lo suyo sería que ese tipo de placas ( las de obligatoriedad, prohibición, etc. ) para ciclos, fueran sustituidas por señalizaciones tipo S-35, placa de recomendación ( cuadradas, con orla blanca y fondo azul ), la cual sigue informando de que el carril ( o senda... o como quieran definirlo ), es de uso recomendado, ( que no obligatorio ), para la figura que en su interior se represente, lo que, a su vez, también informa de la no posibilidad de ser usado por los demás usuarios de la vía.
    Una placa como la S-35 o S-41 terminaría con todas las polémicas, ya que no obliga al ciclista a tener que ciclar por un determinado sitio que, en la mayoría de las ocasiones, puede llegar a ser incluso peligroso... sobre todo si es compartido con peatones. Dicha señalización otorgaría al ciclista la posibilidad de optar, o bien por ciclar por el sitio que la placa recomiende, o bien hacerlo sobre la calzada, que como vehículo lento también tiene derecho a hacerlo... claro, también con sus correspondientes obligaciones


    Publicado hace 1 mes #
  16. El tema de los carriles bici sobretodo en las grandes ciudades es un desastre porque muchas veces obligan a circular por sitios por los que creas mas peligro que circulando por la calzada, muchas veces esas "vias obligatorias para ciclistas" son simples lineas blancas marcadas en las aceras compartidas con miles de peatones, terrazas de bares, paradas de bus y lo mas peligroso, salen a rotondas llenas de trafico miles de veces o por sitios peores para tener que continuar en la acera de enfrente con la misma situación.

    Otras veces y esto si que no lo entiendo es que se pinta el carril bici por el centro de grandes avenidas llenas de trafico de las ciudades, y no por el lateral derecho que creo seria lo mas seguro, yo esto lo vi en Barcelona por muchos sitios, y circular por ahi era un suicidio, porque te veias por un monton de coches hacia los dos lados sin ningún tipo de protección y no te digo nada cuando se cruzaba ese "carril bici" con otras avenidas y tenias que pasar por el centro de todo eso.

    No sé que criterio siguen para poner esas señales, pero os aseguro que en muchos sitios y en ciudades grandes es mucho mas seguro circular por la calzada que por esos carriles, que parecen mas bien pensados para quitar de enmedio un vehiculo que entorpece a los coches, o bien el que hizo esos carriles obligatorios no tenia ni idea.

    Publicado hace 1 mes #
  17. Ruedas2000 dice: Otras veces y esto si que no lo entiendo es que se pinta el carril bici por el centro de grandes avenidas llenas de trafico de las ciudades, y no por el lateral derecho que creo seria lo mas seguro, yo esto lo vi en Barcelona por muchos sitios, y circular por ahi era un suicidio, porque te veias por un monton de coches hacia los dos lados sin ningún tipo de protección y no te digo nada cuando se cruzaba ese "carril bici" con otras avenidas y tenias que pasar por el centro de todo eso.

    No sé que criterio siguen para poner esas señales, ....

    En mi ciudad, los ciclocarriles (carriles compartidos con el tráfico general, limitados a 30 km/h y con preferencia para las bicis) de las calles con líneas de autobuses urbanos son siempre el izquierdo o el central. La razón para que no sea el derecho es la de no ralentizar la circulación de los buses urbanos. Que eso sea una buena o mal idea ya es otra cuestión, pero el motivo es ese, una exigencia de la empresa municipal de autobuses. Tampoco tengo ni idea de si en Barcelona es por la misma razón.

    Publicado hace 1 mes #
  18. Aquí en NL hay carriles bici como todo el mundo sabe, pero si te desplazas con ua bici de carretera , de carreras y vas a no se cuánto.....creo que por encima de 25kms, se puede utilizar la calzada normal de tráfico siempre que no sea autovia, lo que ocurre es que las carreteras nacionales como vds la llaman no tienen arcenes y nadie se atreve a meterse en ellas. 

    Publicado hace 3 semanas #