A ver, en principio, una placa redonda, con orla blanca, y fondo azul es siempre una señalización de obligatoriedad; por lo general, este tipo de placa siempre lleva en su interior una figura, bien de algún vehículo, bien de peatón bien de indicaciones de dirección, en tal caso dicha placa solo afecta en su obligatoriedad, a la figura que en su interior se representa. En el caso que a nosotros nos afecta, como ciclistas (
señalización R-407a ) es en aquellos dos casos, uno es cuando en dicha placa solo aparece la figura de una bicicleta ( ciclo ), o en ese otro caso en que el interior de dicha plata está divido en dos, con las figura de un ciclo y de peatones, en tal caso, dicha placa obliga a circular por donde esté puesta, tanto a ciclos como a peatones... normalmente estas últimas placas se suelen encontrar en los accesos a los carriles bici, y a parte de indicar la obligatoriedad de su cumplimiento, también indica que el carril por el que obliga a circular, es compartido por ciclos y peatones, lo que también conlleva su respectiva limitación de velocidad; si mal no recuerdo, los carriles bicis compartidos están limitados a ¿ 10 km/h ?
Karakan, en principio, nadie deberíamos recriminarle nada a nadie, siendo conscientes de que todos cometemos errores y o infracciones ( el que esté libre de pecado que tire la primera piedra ), pero en cierto modo, el conductor del vehículo que te adelantó tenía razón... pero solo en principio, ya que... ante todo, las formas y la educación debería de prevalecer siempre, y más aún cuando se trata de " aleccionar " a alguien.
Por otro lado, no es de recibo que alguien quiera " aleccionar " a otra persona, precisamente cuando no está dando ejemplo respecto a lo que se pretende aleccionar... el respeto por las normas de tráfico, eso ya directamente, resta toda credibilidad sobre la persona que quiere dar la lección.
Por otro lado, si te has de desviar en alguna intersección, por la cual el carril bici... o senda ciclista... o acera bici... o como lo quieran denominar, no coincide con dicha intersección ( por ejemplo, por la presencia de setos en los márgenes del carril bici ), está claro que no puedes circular por el carril bici, deberás de hacerlo por la calzada.
De todas formas, todos estos problemas viene por la doble imposición que hay, en materia de tráfico, mayormente dentro de los núcleos urbanos, y es que, creo yo, lo que no es de recibo es que fuera del casco urbano la norma de tráfico sea la general para todas las vías públicas interurbanas, y que, de repente, esa misma normas cambien a capricho del consistorio de turno, simplemente porque le convenga otra forma de reglamentación, lo suyo sería que ese tipo de placas ( las de obligatoriedad, prohibición, etc. ) para ciclos, fueran sustituidas por
señalizaciones tipo S-35, placa de recomendación ( cuadradas, con orla blanca y fondo azul ), la cual sigue informando de que el carril ( o senda... o como quieran definirlo ), es de uso recomendado, ( que no obligatorio ), para la figura que en su interior se represente, lo que, a su vez, también informa de la no posibilidad de ser usado por los demás usuarios de la vía.
Una placa como la S-35 o
S-41 terminaría con todas las polémicas, ya que no obliga al ciclista a tener que ciclar por un determinado sitio que, en la mayoría de las ocasiones, puede llegar a ser incluso peligroso... sobre todo si es compartido con peatones. Dicha señalización otorgaría al ciclista la posibilidad de optar, o bien por ciclar por el sitio que la placa recomiende, o bien hacerlo sobre la calzada, que como vehículo lento también tiene derecho a hacerlo... claro, también con sus correspondientes obligaciones