Rodadas. Una comunidad de cicloturismo y viajes en bicicleta
Volver arriba

luces nocturnas

&tarr; PUBLICIDAD (lo que paga la factura)

  1. Aqui en NL son obligatorias las bicicletas urbanas con luces. Mucha gente tiene  otra bici, de carretera o MTB y éstas últimas no llevan luces de fábrica y tampoco las colocan ya que se emplean para circuitos cerrados; las de carretera sin embargo si que , aun no llevándolas de fábrica, las colocan pues los aficionados de ésta disciplina salen a la tarde y claro , es NL ! a las cuatro de la tarde es muy muy oscuro, de noche podría decir. 

    Otro tema a tener en cuanta , los seguros ¿ están asegurados ? seguramente las CIAs aseguradoras mirarán todo en caso de accidente, luces tambien  . 

    espero poner un poco de luz en en el camino. 
    saludos

    ¡ sonríe , mañana será peor !
    Publicado hace 2 años #
  2. Si, la verdad es que hay algunos países donde es obligatorio que las bicis se vendan con las luces. Parece lógico que una urbana venga equipada con ellas, pero no estaría mal que las de carretera las incorporarán de origen. En las bicis de montaña ya es otra cosa porque se supone que no se necesitan tanto, pero bueno, esto dependerá del tipo de rutas que se haga.

    Publicado hace 2 años #
  3. Aquí en España es obligatorio llevar luz delantera y trasera en las bicicletas si se cicla por vías públicas de noche, da igual la bicicleta que sea, si se cicla por asfalto de noche, es necesario llevar luces

    Anímate que mañana también saldrá el Sol
    Publicado hace 2 años #
  4. Si, por supuesto. Es obligatorio en cualquier país europeo, pero aquí se venden sin luces y es el usuario quien elije las que quiere poner. En Francia creo que cualquier bici nueva las incorpora de origen. No estoy seguro pero creo que es obligatorio que las bicis se vendan con ellas. Tal vez sea mejor dejar que el usuario monte las luces que desee, pero evidentemente hay que llevar algo que nos haga visibles.

    Publicado hace 2 años #
  5. En lo relativo a las prendas reflectantes, tal vez un simple cinturón baste para que se nos vea. Como lo veis?

    Publicado hace 2 años #
  6. nisti dice: En lo relativo a las prendas reflectantes, tal vez un simple cinturón baste para que se nos vea. Como lo veis?

    ...

    Un cinturón reflectante no está contemplado por la normativa de tráfico, chaleco o tirantes con cinturón.


    Dios creó la cerveza, el diablo la Coca-Cola.
    Publicado hace 2 años #
  7. Bueno, cuando yo obtuve el carnet creo recordar que el código decía que se debía utilizar una prenda reflectante en vías interurbanas. Pero no especificaba el tipo de prenda. Claro que de eso hace ya muchos años y puede haber cambiado. Jamás he recibido una comunicación oficial para ponerme al día de los cambios en el código de circulación, así es que no puedo saber si ha cambiado.

    Publicado hace 2 años #
  8. nisti dice: Si, por supuesto. Es obligatorio en cualquier país europeo, pero aquí se venden sin luces y es el usuario quien elije las que quiere poner. En Francia creo que cualquier bici nueva las incorpora de origen. No estoy seguro pero creo que es obligatorio que las bicis se vendan con ellas. Tal vez sea mejor dejar que el usuario monte las luces que desee, pero evidentemente hay que llevar algo que nos haga visibles.

    ... Nisti... me parece mentira que hagas este comentario, siendo como muestras la mayoría de las veces, un tio puesto en esto de la bicicleta... sabes de sobra por qué los vendedores, más que los fabricantes, te venden ciertos tipos de bicicletas sin luces y sin prácticamente nada más que estrictamente la bici pelá y mondá... porque, por un lado, el cliente final no lo exige... es más, lo consideramos hasta normal el que por ejemplo, un btt te la vendan  sin luces... aunque se pague por ella en muchos casos más de lo que podría costar un escúter de 125 cc... y luego te vuelves a gastar el dinero en ponerle focos y pilotos a la bici...

    ¿ por qué cada vez más se ven bicicletas urbanas, o de trekking con tanto componente " periférico " incluyendo luces ?... quizás entre otras razones sea porque la competencia entre las marcas ha conducido a ofrecer bicicletas, de este corte, con el mayor equipamiento posible dentro de precio final... ¿ por qué no ocurre lo mismo por ejemplo con las btts o e-btts ?... ¿ quizás porque el concepto ese de " son bicicletas para el campo ", sea el más esgrimido para proporcionar un producto " a medio acabar "... porque... seamos realistas, la mayoría de la gente que se compra una btt o e-btt, circulará con ella por vías públicas, y muy probablemente lo haga en cierto momentos del día en las que la merma de la claridad aconseje portar luces de alumbrado... y sin embargo consideramos normal que nos vendan las btts " pelas de todo "... hombre, yo no voy a pedirle al Fabricante/vendedor unos guardabarros o un portabultos para una btt... pero que menos que te la ofrezca con luces... aunque luego no las vayas a usar... eso es como si te compra un coche pero solo circula de dia... seguro que a pesar de ello, el fabricante y el vendedor te ofrecen el coche con sus correspondientes luces... quizás sea también porque es obligatorio que las lleven aunque no las usen... pues bien, si el código de circulación obliga a que los ciclos en general lleven luces cuando ciclen de noche... ¿ por qué no te los venden con luces directamente ?... creo que deberíamos de exigir este componente de la bici... más que considerarlo como un complemento para ellas.

    Publicado hace 2 años #
  9. nisti dice: Bueno, cuando yo obtuve el carnet creo recordar que el código decía que se debía utilizar una prenda reflectante en vías interurbanas. Pero no especificaba el tipo de prenda. Claro que de eso hace ya muchos años y puede haber cambiado. Jamás he recibido una comunicación oficial para ponerme al día de los cambios en el código de circulación, así es que no puedo saber si ha cambiado.

    ... La DGT nunca te va a informar sobre los posibles cambios en las normas de circulación, así como tampoco te va a informar de las nuevas que se vayan introduciendo, aunque no te lo creas, es obligación de todos los conductores conocer todas las normas de circulación bigentes, y eso significa que hay que, de cuando en cuando, echarle un repasito al código de circulación, o sino, visitar de cuando en cuando la página oficial de la DGT, donde informan puntualmente de todas las posibles modificaciones o entradas en vigor de nuevas normas de tráfico.

    Siempre lo he dicho, lo digo... y lo diré, también para el resto de permisos de circulación ( A y B ), debería de ser obligatorio realizar cursos de " refresco " de las normas de tráfico al estilo del  C.A.P. ( Certificado de Aptitud Profesional ), pues a los que hacemos uso del C en adelante nos exigen un curso " de refresco " cada 5 años, lo que por un lado es un coñazo, pues es de obligado cumplimiento, o de lo contrario, te quedas sin carnet de conducir " profesional ", aunque lo sigas conservando en vigor... pero sin su correspondiente CAP no podrás ejercer la profesión, aunque por otro es beneficioso porque ayuda a refrescar las normas de tráfico olvidadas, así como conocer las posibles modificaciones sufridas en ellas,  y también sirve para conocer las nuevas que hayan entrado en vigor en el momento de hacer ese curso de " refresco ". Lo que que no considero lógico es que haya gente a los mando de un vehículo... casi siempre " no profesional ", que no haya vuelto a tocar un código de circulación en más de media vida... y te aseguro que he sufrido el encontronazo con muchos de estos conductores que creen llevar la razón, cuando realmente están llendo en contra de lo que marca el código de circulación... y eso es simplemente porque ninguna se ha molestado en darle un repasito rápido al codigo de circulación, pues en pocos años las normas de tráfico han sufrido muchas variaciones, así como la introducción de nuevas normas, o la eliminación de otras... y de eso no te enteras al no ser que, o haces un curso de los que llaman " de reciclado "... que no es necesario perder los puntos del carnet para realizarlo, o bien te compras un código de circulación actualizado, que lo puedes adquirir en cualquier autoescuela o librería... o simplemente te das una vueltecita por la web de la DGT para informarte sobre posibles cambios de las normas, así como la implantación de normas nuevas... o también de las que hayan dejado de estar vigentes... hay un " detallito " a tener muy en cuenta, a la hora de darle cuentas a la Guardia Civil... " el desconocimiento de una norma no justifica su incumplimiento "... o lo que es lo mismo... " la próxima vez te lees el código de circulación para estar al día en cuanto a las normas de tráfico vigentes... pero de momento, te vas calentito para tu casa con una receta de varios cientos de €uros... y probablemente con algún que otro puntito menos en el carnet " 

    Publicado hace 2 años #
  10. creo que las tiendas,tienen la obligacion de suministrar los elementos obligatorios,de una bici,que la gente los quite o no los quieran llevar a casa es otra cosa

    En Decathlon te los dan o montados o en una bolsita,junto con la bici

    Publicado hace 2 años #
  11. Manziger dice: creo que las tiendas,tienen la obligacion de suministrar los elementos obligatorios,de una bici,que la gente los quite o no los quieran llevar a casa es otra cosa

    En Decathlon te los dan o montados o en una bolsita,junto con la bici

    ...Pues cuando en 2019 compré mi actual Giant, ni ésta me trajo luces de ningún tipo, pero mucho menos me las ofreció la tienda, me entregaron la bicicleta sin más.

    Publicado hace 2 años #
  12. nisti dice: Bueno, cuando yo obtuve el carnet creo recordar que el código decía que se debía utilizar una prenda reflectante en vías interurbanas. Pero no especificaba el tipo de prenda. Claro que de eso hace ya muchos años y puede haber cambiado. Jamás he recibido una comunicación oficial para ponerme al día de los cambios en el código de circulación, así es que no puedo saber si ha cambiado.

    ...

    Conocer la Ley es cosa tuya, no tienen que notificarte los cambios. Nunca.
    Desconocerla no te exime de su cumplimiento.

    Publicado hace 2 años #
  13. El desconocimiento no exime del cumplimiento, pero no estoy de acuerdo en lo de que no deben comunicar las modificaciones en la Ley. De hecho cualquier modificación debe publicarse en el BOE. Esa es la forma que tiene la Administración de comunicar las modificaciones. El BOE es de acceso público y se puede consultar por Internet entre otros medios, pero siempre se debe comunicar un cambio en la ley. Pero dejando el asunto de la obligación que tiene la Administración de comunicar los cambios, he de decir que en otros países se manda una notificación oficial a cada conductor o se le informa vía e-mail. O es que no te mandan a casa las sanciones por correo certificado con acuse de recibo?

    Publicado hace 2 años #
  14. Si pueden molestarse en mandarte la sanción por correo ordinario, también pueden comunicarte los cambios de la misma forma. O es que solo interesa hacer caja? Venga, que el comportamiento de la Administración española no es precisamente ejemplar.

    Publicado hace 2 años #
  15. En cuanto a lo de suministrar el equipo obligatorio para circular por la vía pública, me temo que es igualmente un asunto de legislación comercial. Al parecer las bicis fabricadas para uso urbano o touring deben salir al mercado ya equipadas con los elementos obligatorios precisamente porque cualquier comprador puede salir de la tienda con su bici nueva y empezar a circular con ella. En cambio no se considera que el usuario de una bici de montaña compre la bici para circular por la urbe. Bueno, en teoría debería ser así pero nada impide que el comprador de una mountain bike salga de la tienda montado en su flamante bici nueva. Es un tema que yo no sé explicar pero algo de asuntos comerciales debe haber.

    Publicado hace 2 años #
  16. nisti dice: En cuanto a lo de suministrar el equipo obligatorio para circular por la vía pública, me temo que es igualmente un asunto de legislación comercial. Al parecer las bicis fabricadas para uso urbano o touring deben salir al mercado ya equipadas con los elementos obligatorios precisamente porque cualquier comprador puede salir de la tienda con su bici nueva y empezar a circular con ella. En cambio no se considera que el usuario de una bici de montaña compre la bici para circular por la urbe. Bueno, en teoría debería ser así pero nada impide que el comprador de una mountain bike salga de la tienda montado en su flamante bici nueva. Es un tema que yo no sé explicar pero algo de asuntos comerciales debe haber.

    La Ley no es justa Trisqui, por eso es la Ley. No distingue en eso que tu llamas bicicletas urbanas, de montaña y el resto. Cuando compras una bici te sales por la puerta, te montas y te vas, a la montaña, a casa, o al bar de la esquina a tomarte una cerveza para celebrarlo, una bicicleta es una bicicleta y se puede usar para lo que quiera el comprador, que para eso es su dueño. 

    Publicado hace 2 años #
  17. A ver, esta claro que cualquiera puede salir de la tienda montado en su flamante nueva bici. Pero el legislador estima que una bici destinada a circular por la urbe debe salir al mercado perfectamente equipada. Por eso obliga al fabricante a dotarla de los elementos obligatorios. Tratándose de otro tipo de bicicleta, sea de montaña o carretera, se decide no obligar al fabricante a dotarla de todos los elementos, y que sea el propio usuario el que instale lo necesario, si finalmente utiliza la bici por otro terreno para el que fue inicialmente diseñada. Lo que yo creo es que se intenta no incrementar costes de fabricación, trasladando la responsabilidad de lo que se considera un uso impropio al comprador. Esto es un tanto enrevesado, pero parece que algo así debieron pensar.

    Publicado hace 2 años #
  18. nisti dice: A ver, esta claro que cualquiera puede salir de la tienda montado en su flamante nueva bici. Pero el legislador estima que una bici destinada a circular por la urbe debe salir al mercado perfectamente equipada. Por eso obliga al fabricante a dotarla de los elementos obligatorios. Tratándose de otro tipo de bicicleta, sea de montaña o carretera, se decide no obligar al fabricante a dotarla de todos los elementos, y que sea el propio usuario el que instale lo necesario, si finalmente utiliza la bici por otro terreno para el que fue inicialmente diseñada. Lo que yo creo es que se intenta no incrementar costes de fabricación, trasladando la responsabilidad de lo que se considera un uso impropio al comprador. Esto es un tanto enrevesado, pero parece que algo así debieron pensar.

    8O  8O 

    Todo eso lo has leído en algún BOE o te lo estás imaginando?, porque creo que ahí hay mucha imaginación de tu parte y poco BOE.

      :D   :D


    Publicado hace 2 años #
  19. Nisti, no te equivoques, los fabricantes, y a través de ellos los vendedores, ofrecen los componentes adecuados a sus modelos según lo haga la competencia, ya que será algo que demandará el cliente final, si ahora empezaran las marcas más reconocidas a ofrecer BTTs con dinamo de buje y foco/piloto, te aseguro que eso se terminaría imponiendo a todo el ramo de las BTTs, ya que el cliente final lo terminará demandando, y si en este sentido, la competencia es fuerte, o te subes a la ola, o estás fuera.
    En este sentido, los fabricantes/vendedores saben que hay ciertos productos que, para poder colocarlos en el mercado tiene que hacerlos atractivos, ya que difícilmente vendrán bicicletas de paseo por 500 o 600... o más €uros, si no las ofrecen con un equipamiento acorde al que ofrece la competencia... o eso, o equipan sus modelos con componentes de serie de muy buena calidad, algo que ya no podrán ofrecer por menos de 700 o más €uros.
    Con las BTTS, así como con las E-bikes pasa lo mismo, existe focos y pilotos traseros que funcionan perfectamente a 42V ( en el caso de las E-bikes ), pero raro... muy raro será que te ofrezca un acabado así ( focos y pilotos traseros ), en las BTTs... no porque haya una ley escrita en alguna parte del Limbo que diga que las BTTS no puedan llevar luces porque solo van a ciclar fuera de asfalto... ¿ es que no se practica MTB por la noche ?, ¿ es que no hay ciclista que practiquen " nocturnas " ?... claro que los hay, lo que pasa es que el cliente final no demanda un foco y un piloto trasero para su BTT/E-BTT, es más, corre un " boca oreja " entre los ciclistas de montaña que dice que no se debe de llevar una pata de cabra en una BTT porque... ese " porque " puede ser lo que uno quiera, el que más he oido yo es " porque se te puede enganchar con los matorrales "... apaga y vamonos... " otra escusa que he leído yo es que... " pesa "... sí es cierto, una pata de caba tiene un peso, pero cuantos no habremos leído, o incluso oido, de gente a la que se le ha doblado la patilla del cambio... o incluso a roto el propio cambio, porque al ir a apoyar su flamante BTT, ésta se ha caído, con tan mala suerte que el cambio a recibido la peor parte... una para de cabra en una BTT no sirve de nada, al igual que no sirve en ninguna otra bicicleta de otro tipo, mientras va rodando, pero cuando uno se detiene y desmonta de la bici, esa pata de cabra marca la diferencia entre una patilla de cambio doblada... o cambio roto, y el poder continuar ruta tras darle un buen trago a tu bidón... yo he bajado por trialeras con parta de cabra en las BTTs que he tenido... y no me ha pasado nada
    ¿ por qué no ofrecer un equipo de luz en las BTTS, cuando tanto fabricantes como vendedores saben que muy probablemente esas BTTs que vendes podrán ser usadas cuando cae la noche ?... ¿ es que hay alguna ley escrita que diga que las BTTs no pueden ciclar de noche ?... pues entre otros compañeros de mi curro, yo voy a él de noche en mi BTT, y me ha tocado comprar focos y pilotos para no hostiarme en la oscuridad, y para que el resto de los vehículos que circulan de noche me puedan ver, porque uno no es desmaterializable ? je je je

    Publicado hace 2 años #
  20. Me juego con vosotros un carajillo bien cargado a que las bicis urbanas salen al mercado con los elementos de seguridad que menciona el código de circulación porque la legislación comercial les OBLIGA a ello. O de verdad pensáis que REGALAN todos esos elementos por temas de libre competencia? Me parece que no sois muy observadores. Si compráis una urbana fabricada en los USA comprobaréis que no lleva timbre, ni reflectantes o catadioptricos. Y no los lleva porque la legislación americana no OBLIGA al fabricante a ponerlos. Lógicamente se ahorran los costes que ello supone. Aquí los ponen por OBLIGACION. No os quepa la menor duda. En mi bici he tenido que costear yo todos esos elementos y puedo afirmar con rotundidad que eleva notablemente el precio final. Eso no lo regala nadie si no le OBLIGAN a hacerlo.

    Publicado hace 2 años #
  21. Ahora viene la segunda parte. Porque no llevan las mtb esos elementos? Bueno, conviene aclarar que hace años si que los llevaban. De hecho las bicis han dejado de llevarlos en un momento dado y he de suponer que se debe a un cambio legislativo. Pero las bicis de carretera se denominaban antiguamente bicicletas de carrera. Pilláis la diferencia? El legislador las cataloga como bicicletas destinadas a la competición y no tanto al uso urbano. Ese es el motivo por el cual no se OBLIGA al fabricante a dotarlas de los elementos de seguridad vial. Podéis preguntar en un comercio especializado a ver qué os dicen, pero nadie incrementa costes de fabricación por temas de mercado. Si acaso llegarían a un acuerdo para bajarlos, pero nunca para elevarlos.

    Publicado hace 2 años #
  22. nisti dice: Me juego con vosotros un carajillo bien cargado a que las bicis urbanas salen al mercado con los elementos de seguridad que menciona el código de circulación porque la legislación comercial les OBLIGA a ello. O de verdad pensáis que REGALAN todos esos elementos por temas de libre competencia? Me parece que no sois muy observadores. Si compráis una urbana fabricada en los USA comprobaréis que no lleva timbre, ni reflectantes o catadioptricos. Y no los lleva porque la legislación americana no OBLIGA al fabricante a ponerlos. Lógicamente se ahorran los costes que ello supone. Aquí los ponen por OBLIGACION. No os quepa la menor duda. En mi bici he tenido que costear yo todos esos elementos y puedo afirmar con rotundidad que eleva notablemente el precio final. Eso no lo regala nadie si no le OBLIGAN a hacerlo.

    ...

    Mi Trek Domane, diseñada en Wisconsin y fabricada en Taiwan si llevaba catadióptricos para las ruedas, no llevaba timbre y eso si que es obligado por la legislación española, timbre para todos los trayectos, catadióptricos reflectantes para día y noche y luces y reflectantes para el cuerpo si circulas de noche, esto es lo que pide la legislación en España, ya te dije que no hay una "ley comercial" que obligue a vender las luces junto con la bici. 

    Las luces y el timbre las compré con el descuento que me hacían en la tienda del precio de la bici, pero como si que me dieron los catadióptricos sin pedirlos, creo que me he ganado el carajillo 🤣.


    Publicado hace 2 años #
  23. Podemos repasar los citados elementos para que veáis claramente que incluirlos en una bici, supone un coste que incrementa el precio final.
    Primer elemento obligatorio: los reflectantes y catadioptricos. Se ponen en ruedas, pedales y en el cuadro. (Blanco el delantero y rojo el trasero) Yo cambie los pedales para incorporar ese reflectante. Mi bici venía con una mierda de pedales de plastico. ( hay que joderse! 4.000 pavos de bici y me la sirven con esa "chusta" de pedales.) Cuanto supone eso? Veinte o treinta euros de incremento? Vale continuemos. Tampoco llevaba catadioptricos delantero y trasero. Ya comenté que me han cobrado 4,50 euros solo por el delantero. ( un Bush & Muller) si lo duplicamos estamos hablando de 9 pavos mas. Vale, ir sumando. Los reflectantes de las ruedas. Yo he puesto unos bastante buenos, los Flect. No hace falta decir que los fabricantes ponen algo más "normalito" pero siguiendo la línea de precios anterior podemos sumar tranquilamente otros 5 o 6 euros para ese elemento. Yo pague mucho más, pero fue por la diferencia de calidad. Vale, aun queda el último elemento obligatorio que marca la legislación española. El timbre. Mi bici tampoco lo llevaba. ( bici del mercado americano, una Cannondale) Yo he puesto el Knog Oí de luxe. Es un timbre caro y ningún fabricante lo incorpora de serie. Pero si le asignamos un precio al timbre más barato del mercado no creo que baje de 4 o 5 pavos. Cuanto suma el total?30, 40 euros? Pues esos 30 o 40 euros no los regala nadie por gusto. En realidad no están ahí como un regalo puesto que lo cobran en el precio de la bici, pero incrementa el precio. Y eso no es del gusto de los fabricantes.

    Publicado hace 2 años #
  24. Agustín, tu bici es americana. No sé fabrica en España. Al igual que la mía son productos importados. No se rigen por los mismos preceptos comerciales. Si la bici se fabrica aquí, la cosa cambia.

    Publicado hace 2 años #
  25. Más información. Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de sus partes y piezas, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

    Publicado hace 2 años #
  26. A ver, ese carajillo queda pendiente desde hace ya un tiempo. Aun estoy dándole vueltas a una escapada por la sierra de Irta, así es que yo invito al almuerzo cuando nos veamos. Ja,ja,ja! Pero hablando en serio, yo no creo que los fabricantes asuman un incremento de costes de forma voluntaria. Si tienen que subir el precio final de la bici es porque no tienen más remedio.

    Publicado hace 2 años #
  27. En realidad es la comercialización del producto lo que obliga a cumplir esos requisitos. Cuando te dieron los reflectantes, cumplían a medias con su obligación de sacar al mercado el vehículo con toda la dotación de seguridad vial. Les faltaba alguna cosilla, pero "pelillos a la mar"

    Publicado hace 2 años #
  28. En estos temas creo que hay cierta "picaresca" por parte del importador. Si no estoy equivocado la obligación del importador es suministrar la bici con todos los elementos obligatorios. Lo que pasa es que eso supone un sobrecoste con el que no contaban y envían las bicis "de aquella manera". Muchas veces la tienda se ve obligada a incorporar esos elementos, haciendo "juegos malabares" para que no le cueste dinero. Es por eso que las tiendas on line pueden saltarse en cierto modo estos requisitos de comercialización. Pero las tiendas físicas intentan cumplirlo, bien que les pese.

    Publicado hace 2 años #
  29. Esto es España, amigos. Las leyes están, pero no siempre se cumplen a raja tabla. Hay cierta laxitud en su cumplimiento.

    Publicado hace 2 años #
  30. Pongo unas fotos de todos los elementos obligatorios que he tenido que incorporar yo, por ser una bici de importación comprada en tienda on line.

    Enviado desde mi SM-T510 mediante Tapatalk

    Publicado hace 2 años #